La Real Academia Española, en la Nueva gramática de le lengua española (2009), clasifica los verbos de
acuerdo con sus funciones sintácticas como: transitivos, intransitivos y copulativos. Algunos verbos transitivos y
muchos intransitivos pueden ser también pronominales. Los verbos llamados reflexivos no forman ninguna
clase especial, son simplemente verbos transitivos cuyo objeto tiene el mismo referente que el sujeto.
Semánticamente, los verbos pueden agruparse en dos grandes clases: clases aspectuales y clases nocionales.
El morfema pronominal átono que caracteriza los verbos pronominales no es argumental, por lo tanto no le
corresponde propiamente una función sintáctica.
Así, el morfema se no se constituye el complemento directo de despertar en El niño se despertó, sino un
segmento que es parte de la constitución léxica del verbo despertarse. Los mismos pronombres pueden ser
también reflexivos, y en tal caso, se interpretan como argumento. (RAE: NGLE 2009, § 41.7.1C).
Un mismo verbo puede ser:
Transitivo no reflexivo – Pedro golpea a Juan.
Transitivo de acción reflexiva. – Pedro se golpea (a sí mismo)
Transitivo de acción recíproca – Pedro y Juan se golpean el uno al otro.
Pronominal intransitivo no reflexivo – Pedro se golpeó en un brazo al caer.
Pronominal transitivo – Pedro se golpeó la cabeza contra la pared.
Observe las frases a continuación y sus respectivos análisis.
I. Come algo antes de salir.
VERBO TRANSITIVO CON PRONOMBRE COMPLEMENTO DIRECTO.
II. Me afeito.
VERBO TRANSITIVO CON VALOR REFLEXIVO.
III. Se aman y se admiran mutuamente.
VERBO TRANSITVO CON VALOR RECÍPROCO.
IV. No me creo esa historia.
VERBO PRONOMINAL
V. No comas tan deprisa.
VERBO TRANSITIVO SIN COMPLEMENTO VERBAL
VI. El pulgón se ha comido el rosal.
VERBO PRONOMINAL CON DATIVO.
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